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2021-07-01(Hoy) La Comisión Nacional de Energía (CNE) dio a conocer el procedimiento que deben seguir los peticionarios para tramitar las solicitudes de concesiones para generación de energía eléctrica bajo la modalidad de hibridación a través de la resolución número CNE-AD-0022-2021, tal como solar, hidráulica y eólica.
“Este procedimiento que publicamos, es para continuar dando cumplimiento a las responsabilidades atribuidas a la CNE por la Ley General de Electricidad, número 125-01 y la Ley de Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y sus Regímenes Especiales, número 57-07; a través de las cuales se nos responsabiliza a emitir los reglamentos complementarios que regulen cada una de las actividades del Régimen Especial de producción de electricidad a partir de fuentes de energías renovables”, explica el director ejecutivo de la institución, ingeniero Edward Veras.
De acuerdo con el documento publicado, el propósito principal de esa normativa es organizar el trámite que se debe seguir para ejercer la actividad de generación de energía renovable bajo los términos de hibridación y, por consiguiente, acogerse a los incentivos establecidos en la ley, previa demostración de su viabilidad física, técnica, medioambiental y financiera.