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2020-08-06(Revista Electricidad) Dado el contexto de restricciones provocado por la crisis sanitaria la idea es que no se interrumpa el suministro a los clientes que vivan en comunidad y se encuentren con deudas de gastos comunes, mientras dure el estado de catástrofe.
En condiciones de pasar al Senado a su segundo trámite legislativo, luego de ser aprobado por la Sala de la Cámara de Diputados, quedó el proyecto que modifica la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, para restringir temporalmente la facultad del administrador de suspender el servicio eléctrico a los copropietarios que se encuentren morosos en el pago de gastos comunes, durante la vigencia del estado de catástrofe decretado con ocasión de la pandemia por Covid -19.
La iniciativa, iniciada en moción, fue aprobada en general por 118 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones. En particular, en tanto, se desarrollaron dos votaciones para incorporar dos indicaciones presentadas en Sala.